Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo
Por medio de la presente y en relación con el calendario fiscal del contribuyente para el año 2.015 le comunico los plazos aproximados del período de pago en voluntaria de todos los tributos para su debido conocimiento y la fecha de cargo de los recibos domiciliados.
TRIBUTO |
PERIDO VOLUNTARIO RECIBOS NO DOMICILIADOS (desde-hasta) |
RECIBOS DOMICILIADOS (Cargo en cuenta) |
Impuesto Bienes Inmuebles Urbanos |
02-03-2015 14-05-2015 |
60 % - 12-03-2015 40 % - 12-06-2015 |
Impuesto Vehículos Tracción Mecánica |
04-05-2015 10-07-2015 |
60 % - 13-05-2015 40 % - 13-08-2015 |
Tasa Entrada Vehículos-Vados |
14-09-2015 17-11-2015 |
03-11-2015 |
Impuestos Bienes Inmuebles Rústicos | 03-11-2015 | |
Basura y Alcantarillado 2º Semestre 2014 |
06-03-2015 06-05-2015 |
20-04-2015 |
CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE 2015
Aunque legalmente no existe obligación para el Ayuntamiento de notificar los recibos de los padrones, éste Ayuntamiento al inicio de cada periodo de pago remitirá al domicilio de los contribuyentes que no tengan domiciliados sus tributos, las cartas de pago para que puedan efectuar el ingreso en las entidades bancarias colaboradoras o en el Ayuntamiento. Los contribuyentes que no reciban las cartas de pago podrán solicitarlas en la oficina de Gestión Tributaria de los servicios económicos
FORMAS DE PAGO
1. Mediante Domiciliación Bancaria: La domiciliación podrá solicitarse de las siguientes maneras:
a) Presencialmente, en la oficina de los Servicios económicos
- Desde la Web Municipal: www.old.villanuevadelarzobispo.es, en el apartado de oficina virtual.
2. En las siguientes entidades bancarias, presentando la carta de pago:
- La Caixa
- Cajasur (BBK)
- Unicaja
- Caja Granada (BMN)
- Banco Popular
- Caja Rural
3 En la oficina de los servicios económicos, dentro de los periodos de pago.
-Horario: de Lunes a Viernes de 8:30 h a 13:30 h
RECORDATORIO
- En los tributos de cobro periódico no es obligada la notificación individual.
- La no recepción del aviso o carta de pago no excluye del pago del tributo.
- Vencidos los plazos voluntarios de pago, se iniciará el periodo ejecutivo con los recargos e intereses correspondientes.
- Se recomienda actualizar los domicilios en la oficina de servicios económicos.